viernes, 29 de septiembre de 2023

 

INAUGURACION DE UN NUEVO TEMPLO BAUTISTA EN MUNGUIA

VIZCAYA

Munguía es un municipio de la provincia de Vizcaya, en la comunidad autónoma de Euskadi, norte de España.

Está a una distancia de 21 Kms. desde Basauri, donde tenemos la iglesia promotora de la obra misionera, la Iglesia Bautista de Basauri.

En 2022 tenía una población de 16.209 habitantes.

Desde hace años, varias familias de esta localidad forman parte de la Iglesia de Basauri, y se ha mantenido un culto especial con este grupo los viernes, primero en una lonja, después en las casas, durante la pandemia de forma online y finalmente en 2022 de nuevo en una lonja cedida por familias creyentes. La asistencia siempre ha sido irregular, con épocas de crecimiento, estancamiento y reducción, pero ha habido un grupo siempre fiel.

Hay iglesias Evangélicas establecidas en la localidad, pero creemos que hay espacio para más iglesias que atiendan una población de personas jóvenes, con muchos adolescentes y familias recién formadas. Limita en un área de 9 kms. con al menos 12 municipios que, hasta donde sabemos, no tienen obra Evangélica. A 12 kms. está la localidad de Bakio, donde hay una familia que congrega con nosotros, que tampoco tiene obra evangélica.

 Nos reunimos durante bastante tiempo en la calle Arana Goiri-tar Sabin kalea, s/n en un antiguo salón recreativo Jolasak,  La asistencia media era de 10 personas.

Finalmente, en mayo de 2023 conseguimos un local muy bien situado, y casi totalmente equipado. Lo inauguramos el 23/09/2023. La honra y gloria es para Dios.

Datos: Dirección. Pza. Lehendakari Leizaola, 1
Munguía.
Cultos: Martes, 19;30 hs. Oración.
Domingos: 18:30 hs. Culto público.
Todos son bienvenidos.





 



martes, 17 de enero de 2023

UN VIDEO SOBRE LA LEY TRANS ESPAÑOLA

 Se ha publicado en YouTube un excelente video sobre la llamada ley Trans.de nuestro país.

 Participan, Pr.Itiel Arroyo, conocido por muchos, Ibai Cereijo, miembro de la IEB de Vizaya-Sarriko, en el norte de España y el periodista evangélico Joel Foster.

Es un buen video para ser utilizado en Escuela Dominical, reunión de jóvenes, retiros, reuniones de familias y formación en general de los creyentes. 
Desde mi punto de vista es altamente recomendable.

viernes, 10 de julio de 2020

EL PELIGRO DE LA IDEOLOGIA DE GENERO


UN VIDEO SOBRELA IDEOLOGIA DE GENERO QUE DEBES VER

Les invito a ver el video de youtube sobre la ideología de género y su intento de infiltrarse en las Iglesias Cristianas:

https://www.youtube.com/watch?v=Zs9jY_OnsIo

El autor es Santiago Alarcón.

lunes, 6 de abril de 2020


LA DURA BATALLA POR LA LIBERTAD RELIGIOSA, UN RESUMEN DE 2019

La libertad religiosa está librando sus batallas legales sobre todo en EE. UU.

Informamos de algunas muy significativas.  Aunque la mayor denominación cristiana en EE. UU. es la Católica-Romana, el peso de la defensa religiosa en este país corre a cargo de los Evangélicos. Casi todos los casos envuelven a cristianos evangélicos conservadores y bautistas. Hay también católicos, aunque en mucha menor medida.



1.- EL CASO DE CARL Y ANGEL LARSON

En Agosto de 2019, el Tribunal de Apelaciones del 8º Circuito de Minnesota  falló a favor de la libertad religiosa y la libertad de expresión. Su decisión puso un límite a la ley de no discriminación de un Estado y protegió a una pareja cristiana de tener que decidir entre sus negocios o su conciencia religiosa.

Carl y Angel Larsen, los demandantes en el caso, son una pareja cristiana propietaria de Telescope Media Group, una compañía de producción de vídeo y cine. Como cineastas, quieren usar la videografía de las bodas para celebrar la bondad del matrimonio entre un hombre y una mujer.

La Ley de Derechos Humanos de Minnesota, (MHRA) según los funcionarios de Minnesota, exige que los Larsen deben obligatoriamente hacer videos para bodas entre personas del mismo sexo si se dedican a hacer videografía de bodas. Las sanciones por violar la ley son una sanción civil al Estado, daños compensatorios triples, daños punitivos de hasta $25,000, y posible encarcelamiento de hasta 90 días.

Crear videos para bodas entre personas del mismo sexo violaría la conciencia religiosa de los Larsen. La ley de Minnesota los obligaría a compartir un mensaje que contradice todo lo que creen, y desean mostrar. No podían cumplir con la ley de Minnesota. Los Larsen tampoco querían enfrentar una investigación y un posible castigo. En cambio, no hicieron públicos sus servicios de videografía de bodas. Hace dos años, presentaron una impugnación previa en los tribunales.




En un primer tribunal, un juez federal desestimó su apelación, pero éstos apelaron. El Tribunal de Apelaciones del 8º Circuito en Sant Louis afirma que la desestimación fue errónea. También dictaminó que el estado de Minnesota no puede obligar a los Larsen a expresar mensajes a través de sus películas que violan sus convicciones religiosas. El juez David Stras, redactando la opinión mayoritaria del Tribunal, dijo que cualquier video de boda creado por los Larsen es una "forma de expresión a la que tienen derecho bajo la protección de la Primera Enmienda” (de la Constitución de los EE. UU.). Añade que los Larsen "tienen la intención de filmar, reunir y editar los videos con el objetivo de expresar sus propios puntos de vista sobre la santidad del matrimonio." Tampoco hace ninguna diferencia que los Larsen expresen sus puntos de vista a través de una empresa con fines de lucro", agregó Stras.

El estado de Minnesota argumentó que se trataba de regular la conducta de los Larsen, no sus creencias. "Si aceptamos la invitación de Minnesota para evaluar cada uno de los actos de los Larsen individualmente, entonces amplias franjas de sus creencias que están protegidas estarían sujetas a la regulación del gobierno", respondió Stras. Stras señala que la Ley de Derechos Humanos de Minnesota no es superior a la Constitución. "Incluso las leyes antidiscriminatorias, tan importantes como son, deben sujetarse a la Constitución. Y por muy loable que sea el interés en prevenir la conducta discriminatoria, la libertad de expresar sus propias creencias se debe de tratar de manera diferente en virtud de la Primera Enmienda", escribió. Stras señaló cómo la aplicación de la ley por parte del Estado de Minnesota podría tener un impacto de amplio alcance. "En teoría, podría usar la MHRA para requerir que un cristiano exija a un tatuador musulmán que escriba en su cuerpo “Mi religión es la única religión verdadera”, o viceversa, o podría exigir que un músico ateo actúe en el culto de una Iglesia Evangélica ", escribió.

El 8ºTribunal de Circuito también dictaminó que los Larsen podían solicitar que sea atendida su reclamación de libre ejercicio de su profesión, ya que estaba "entrelazado" con su demanda de libertad de expresión.

"Angel y yo servimos a todos. Simplemente no podemos producir películas que promuevan todos los mensajes", dijo Carl Larsen tras la decisión del tribunal. "Estamos agradecidos de que el tribunal haya reconocido que los funcionarios del gobierno no pueden obligar a los creyentes religiosos a violar sus creencias. Esta es una victoria para todos, independientemente de sus creencias". "Esta es una victoria significativa. El gobierno no debería amenazar a los cineastas con multas y tiempo en la cárcel para obligarlos a crear películas que violen sus creencias", dijo Jeremy Tedesco, un asesor senior de Alliance Defending Freedom que representaba a los Larsen. "Carl y Angel trabajan con todas las personas; simplemente no crean películas promocionando todos los mensajes. (…) Todos los profesionales creativos deben ser libres de crear arte coherente con sus convicciones sin la amenaza de castigo gubernamental".








2.- EL CASO DE LAS ARTISTAS JOANNA DUKA Y BREANNA KOSKI

En 2013, la ciudad de Phoenix, en el estado americano de Arizona, agregó una nueva ordenanza titulada "Discriminación en alojamientos públicos", que prohíbe la discriminación "en lugares de alojamiento público contra cualquier persona por motivos de raza, color, religión, sexo, origen nacional, estado civil, orientación sexual, identidad de género o expresión o discapacidad ". También llamada Código de la Ciudad, Sección § 18.4 (B), la ordenanza tenía una exención religiosa, pero no incluía negocios. Una violación de la ley podría resultar en hasta seis meses de prisión.

En mayo de 2016, Duka y Koski presentaron una demanda contra la ciudad de Phoenix por la ordenanza, ya que ellas no deseaban verse obligadas a realizan tarjetas de invitación para matrimonios del mismo sexo. Ese septiembre, la jueza del Tribunal Superior de Arizona, Karen A. Mullins, falló en contra de su solicitud de bloquear la aplicación de la ley. En octubre de 2017, el juez Mullins falló nuevamente contra Duka y Koski. En junio de 2018, un panel de jueces de la Corte de Apelaciones de Arizona falló unánimemente contra ellos, concluyendo que "no pudieron probar que la Sección 18-4 (B) grave sustancialmente sus creencias religiosas al exigir que proporcionen bienes y servicios iguales a todas las parejas sexuales. "Los apelantes no son penalizados por expresar su creencia de que su religión solo reconoce el matrimonio de parejas del sexo opuesto", afirmó la opinión de los jueces.” "Tampoco se penaliza a los apelantes por negarse a crear productos relacionados con la boda, siempre y cuando rechacen igualmente servicios similares a las parejas del sexo opuesto".






Representados por la ADEF, Alianza para la Defensa de la Libertad, las artistas apelaron ante la Corte Suprema de Arizona en julio de 2018.

En el caso Brush & Nib v. City of Phoenix, el tribunal más alto de Arizona dictaminó en Septiembre de 2019, por 4-3 que Joanna Duka y Breanna Koski, propietarias de la firma Brush & Nib Studio, no pueden ser obligadas por una ordenanza local antidiscriminatoria a prestar sus servicios a bodas del mismo sexo. Escribiendo por la mayoría de los jueces, el juez Andrew Gould concluyó que la ciudad de Phoenix "no puede aplicar su Ordenanza de Relaciones Humanas" para obligar a Brush & Nib a "crear invitaciones de boda personalizadas que celebren ceremonias de boda del mismo sexo en violación de sus sinceras creencias religiosas”. Duka, Koski y Brush & Nib ... tienen derecho a negarse a expresar tales mensajes en virtud del artículo 2, sección 6 de la Constitución de Arizona, así como de la Ley de libre ejercicio de la religión de Arizona", escribió Gould. “Las creencias de Duka y Koski sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo pueden parecer anticuadas o incluso ofensivas para algunos. Pero las garantías de libertad de expresión y libertad de religión no son solo para aquellos que se consideran suficientemente ilustrados, avanzados o progresistas. Son para todos ". Sin embargo, el fallo del tribunal superior de Arizona se limitó a la "creación de invitaciones de boda personalizadas", y el fallo no permitió "una exención general de la Ordenanza para todas las operaciones comerciales de los demandantes" "Del mismo modo, por razones jurisprudenciales, no llegamos a la cuestión de si la creación de los demandantes de otros productos para bodas puede estar exenta de la Ordenanza", continuó Gould.

A Gould se unieron los jueces Clint Bolick, John López y John Pelander. La vicepresidenta de justicia Ann Scott Timmer y los jueces Scott Bales y Christopher Staring escribieron opiniones discrepantes del fallo.

"Los artistas no deberían verse obligados a crear obras de arte contrarias a sus convicciones fundamentales, y ciertamente no bajo la amenaza de multas penales y tiempo en la cárcel", dijo el abogado principal de ADF Jonathan Scruggs en ese momento .

“Breanna y Joanna están felices de diseñar arte personalizado para todas las personas; simplemente se oponen a verse obligados a verter su corazón, alma, imaginación y talento para crear mensajes que violen su conciencia ".

La conclusión de estos fallos es que los artistas cristianos no pueden ser obligados a usar su arte para eventos, fiestas o celebraciones que violen su conciencia religiosa. La clave está en que los artistas cristianos no discriminan a nadie que venga a pedir sus servicios por ser homosexual, negro, indio o hispano, sino por el servicio que solicita. Lo que llamaríamos ·derecho de admisión” no de la persona, sino del trabajo solicitado.














3.- EL CASO DE BLAINE ADAMSON

Hands On Originals: Lexington

El 26 de marzo de 2012, la Organización de Servicios para Gays y Lesbianas (GLSO) de Lexington, Kentucky presentó una queja contra la imprenta con sede en Lexington, Hands On Originals. El GLSO solicitó que Hands On Originals imprimiera camisetas para el Lexington Pride Festival. Sin embargo, el propietario Blaine Adamson se negó, diciendo que Hands On era una empresa cristiana, y como tal, era su "prerrogativa rechazar cualquier orden que respaldara posiciones que entren en conflicto con las convicciones de la propiedad". Adamson se ofreció a poner la GLSO en contacto con otra impresora que mantendría el mismo presupuesto y produciría las camisas. El GLSO no tuvo ninguna dificultad para obtener los bienes y servicios deseados de otro proveedor que producía las camisas de forma gratuita. Insatisfecho, el GLSO presentó una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Condado Urbano de Lexington-Fayette.

En octubre de 2014, después de 24 meses de ida y vuelta, la Comisión de Derechos Humanos de Lexington emitió su fallo, encontrando el negocio culpable de romper la ordenanza de "justicia" de la ciudad y ordenó la reeducación conocida como "formación de diversidad" como castigo. El Director Ejecutivo de la Comisión, Raymond Sexton, indicó que es hora de que los cristianos en el mercado "dejen su religión en casa". De lo contrario, advirtió, "puedes encontrarte dos años más adelante y todavía estás involucrado en una batalla legal porque no lo hiciste

Adamson, el devoto creyente que dirige Hands On Originals, quedó aturdido. Después de todo, no hubo malicia en la decisión de la familia, que cortésmente se negó a imprimir camisetas con un mensaje arco iris que contradecía su fe.

El 27 de abril de 2015, el Tribunal de Circuito de Fayette revocó la decisión de la comisión, en el proceso Originals v. Lexington-Fayette Urban County Human Rights Commission.  "El tribunal reconoció con razón que la ley protege la decisión de Blaine de no imprimir camisas con mensajes que entren en conflicto con sus creencias, y que no existe razón suficiente para que el gobierno coaccione a Blaine para que actúe en contra de su conciencia de esta manera", afirmó Jim Campbell, de La Alianza para la Defensa de la Libertad.

Adamson ha hecho negocios e incluso ha empleado a personas que se identifican como homosexuales, lo que indica que su decisión de rechazar la solicitud de GLSO se basó en libertades de expresión protegidas constitucionalmente. "En resumen, la declinación de HOO de imprimir las camisas se basó en el mensaje de GLSO y el Festival del Orgullo y no en la orientación sexual de sus representantes o miembros", escribió el tribunal en su decisión. "De hecho, no hay nada en el expediente ante la Comisión que la orientación sexual de cualquier persona que haya tenido contacto con HOO haya sido divulgada o haya jugado algún papel en este caso".

La Comisión de Derechos Humanos del Condado Urbano de Lexington-Fayette apeló esta decisión ante la Corte Suprema de Kentucky. El 31 de octubre de 2019, la Corte Suprema de Kentucky falló a favor de Blaine, afirmando unánimemente que la Organización de Servicios para Gays y Lesbianas no tenía derecho legal a demandar a Blaine o a su negocio, Hands On Originals, por negarse a imprimir un mensaje que viole sus creencias religiosas.





4.- EL CASO DE INTER-VARSITY Y LA UNIVERSIDAD DE IOWA

Inter-Varsity Christian Fellowship es un ministerio evangélico interdenominacional, fundado en 1941, que trabaja con estudiantes y profesores universitarios. En España son conocidos como G.B.U. (Grupos Bíblicos Universitarios).

En la Universidad de Iowa estaba implantada hace más de 25 años, con plena satisfacción de la Universidad. Pero, en 2018, se produjo un cambio. La Universidad decidió que, si para ser miembro de este colectivo cristiano deberían aceptar la confesión de Fe de esta, esto sería discriminatorio. Hay que recordar que en el año 2016 Inter-Varsity publicó un documento donde manifestaba su adhesión a la enseñanza tradicional del Cristianismo sobre la ética sexual, afirmando que el matrimonio bíblico solo puede ser entre un hombre y una mujer. Tenemos que ver, entonces, una “venganza” del lobby LGTB.

A continuación, la Universidad bloqueó su acceso al campus, congeló su cuenta bancaria, cerró su página web y anunció que la organización ya no formaba parte del campus por falta de interés de los estudiantes. También lo hizo con otras 37 organizaciones, en una Universidad en la que estudian unos 33.000 estudiantes.

La posición de la Universidad es absurda. Una organización cristiana-si no quiere perder su identidad-solo puede aceptar cristianos en sus filas. Si la organización fuera de hispanos, no aceptar asiáticos o africanos no es discriminación, esto es lógica aplastante. O un club de ateos que acepte miembros de confesiones religiosas. Otros grupos discriminados fueron: Comunidad Cristiana Estudiantil China, la Asociación de Estudiantes Santos de los Últimos Días, y el Club de Concienciación Sikh, y también un grupo musulmán.

Ante estos hechos, Inter-Varsity, presentó una demanda legal, y entonces a la Universidad de Iowa se le abrieron los ojos. Le permitió volver, mientras se resolvía la demanda.






Ya anteriormente, hubo un caso similar “BLinC c. Universidad de Iowa”.

“Líderes de Negocios en Cristo” (BLinC) es una organización estudiantil cristiana en la Universidad de Iowa que alberga grupos de debate semanales, donde los estudiantes oran, comparten mensajes bíblicos y se fortalecen espiritualmente unos a otros. La organización invita regularmente a los profesionales de negocios cristianos a asesorar a los estudiantes sobre cómo pueden integrar su fe y sus carreras. El activista gay Marcus Miller se postuló para liderar este grupo. Se le dijo que primero debería suscribir la Confesión de Fe del grupo, que incluye la castidad sexual fuera del matrimonio heterosexual. Marcus dijo claramente que no concordaba con esta Confesión de Fe ni la cumpliría, por lo que se le vetó su entrada. Marcus entonces denunció a esta organización a la Universidad como discriminatoria. En octubre de 2017, la organización BLinC fue expulsada de la Universidad, y le dijeron que si quería volver al Campus tendría que cambiar sus normas. En diciembre de 2017, BLinC demandó a la Universidad de Iowa en un tribunal federal para proteger su derecho a seleccionar sus miembros y líderes que compartan su fe y misión. El 23 de Enero de 2018 el Tribunal falló a favor de BLinC, readmitiéndola en el campus y dando a la Universidad 90 días para cambiar su política discriminatoria. Como la Universidad continuó aplicando su política de manera inconsistente, el Tribunal del Distrito extendió una medida cautelar el 28 de Junio de 2018.

El 1 de Febrero de 2019 se escuchó un argumento oral en la corte federal de distrito de Des Moines, Iowa.El 6 de Febrero de 2019 el tribunal dictaminó que la Universidad debe poner fin a su trato desigual con las organizaciones religiosas estudiantiles, y permitir que BLinC vuelva permanentemente al campus.

El fallo en relación con Inter-Varsity se produjo el 27 de Septiembre de 2019.En una resolución inapelable, denunció la conducta de la Universidad, y dijo que los oficiales de la Universidad deberían responder personalmente por los daños financieros que se hubieran podido producir a la organización cristiana. También dejó abierta la posibilidad de que el propio presidente de la Universidad tuviera que responder personalmente por la actuación que mantuvieron. El tribunal “no sabía cómo una persona razonable podía haber llegado a la conclusión de que esto era aceptable”, ya que repitió una conducta que “claramente” el tribunal ya había declarado anteriormente ilegal.

Lo que encontramos en común a todos estos casos son:

1.- El esfuerzo tremendo del “lobby” LGTB por aplastar los derechos de los cristianos, el eco que tienen entre las personas que asumen la corrección política, y su esfuerzo por conquistar cada vez más cuotas de poder.

2.- Los enemigos de este “lobby” son básicamente 2: a) El Cristianismo Evangélico conservador. Se ha topado con un muro infranqueable, con creyentes comprometidos con su fe de manera responsable. Iglesias y cuerpos paraeclesiales de inspiración evangélica que no han cedido al chantaje de la agenda LGTB. Este es su mayor enemigo.  La Iglesia Católica, a pesar de ser la denominación cristiana más grande en los Estados Unidos está teniendo un papel mucho más modesto,-y hasta silencioso en ocasiones.- Está claro que el peso de la lucha está recayendo en el movimiento evangélico en general. Y, b) un país que goza de una saludable legislación que ampara los más amplios derechos de libertad religiosa. Modificar esta legislación, para hacer leyes dictatoriales del colectivo LGTB como están haciendo en España, es hoy por hoy, gracias a Dios impensable.



5.- LA PELEA DE LAS AGENCIAS DE ADOPCION

La siguiente pelea judicial aparece en Michigan. Una ley de este Estado, que data de 2015, protege los derechos de las agencias de adopción basadas en la fe, las cuales pueden negarse a colocar a niños con parejas del mismo sexo, puesto que sus creencias sobre el matrimonio y la familia se lo impedían. Esta ley prohíbe las acciones adversas contra las agencias que eligieran “abstenerse de una conducta que entra en conflicto con las creencias religiosas sinceramente mantenidas de una organización”


Y en esto, aparece Dana Nassel, una lesbiana del Partido Demócrata, y casada con otra mujer. En 2018 Nassel dijo públicamente que no tenía intención de respetar esta ley, y consideró esta ley como “una victoria de los odiadores” . En 2019, como Fiscal General de Michigan, llega su hora de venganza. Primero, alega que la ley de 2015 solo se aplica a las agencias de adopción privadas, no a las que tienen un convenio con el estado. Después, corta la subvención de fondos estatales a la agencia católica St, Vincent Catholic Charities a menos que cambie su política de no enviar niños para ser adoptados por parejas del mismo sexo. Dos parejas de lesbianas, la Fiscal Nassel y la ACLU (Asociación de Libertades Civiles de América) son los que denuncian a esta agencia.  Hay que recordar que la agencia ha tenido un contrato con el Estado de Michigan durante 70 años, y es una de las agencias más prestigiosas de Michigan. Cuando les venían parejas del mismo sexo o no casadas, la agencia les refería a otras agencias que no tenían convicciones definidas sobre temas morales.

A su vez, el Fondo Becket para la Libertad Religiosa presentó una demanda en abril de 2019 en nombre de St.Vincent. Le acompañan en la demanda una familia que adoptó 5 niños con necesidades especiales en esta agencia, y un antiguo hijo adoptivo adoptado también a través de esta agencia. La denuncia por recorte de fondos del Estado alegaba que fueron violados sus derechos en base a la Primera Enmienda de la Constitución y la propia Ley Federal. El juez federal Robert Junker emitió una orden judicial preliminar para impedir que el estado de Michigan cancele el contrato que tenía con St.Vincent Catholic Charities para proporcionar servicios de acogida y adopción. St. Vincent podía continuar asociándose con el Estado.

El juez dijo que la práctica de la agencia de derivar a las parejas del mismo sexo a otras agencias no es discriminatoria. El que la fiscal general del Estado haya querido cancelar el contrato de St. Vincent, “sugiere fuertemente que el objetivo real del Estado no es promover las colocaciones infantiles no discriminatorias, sino erradicar las creencias religiosas de St.Vincent y reemplazarlas por las propias del Estado. Interrumpiría una práctica cuidadosamente equilibrada y establecida que garantiza la no discriminación de los niños mientras se acomode a las creencias religiosas católicas tradicionales sobre el matrimonio”. Alegó que la Fiscal General Nessel era parte interesada del caso, que está en la raíz de todo el asunto, por las declaraciones partidistas que hizo en el pasado.






Pero la lucha continúa.

En septiembre de 2019 la ADEF presentó una reclamación en nombre de otra organización católica, Catholic Charities West Virginia en la Corte Estatal de Reclamaciones. La demanda le pide al juez que impida que el Estado deje de hacer cumplir la ley de 2015, porque se malinterpreta esta ley, viola los derechos constitucionales de la agencia “y adopta las opiniones antirreligiosas y las preferencias políticas del acusado, fiscal Dana Nessel, que anteriormente ha criticado las protecciones legales de Michigan para las agencias de adopción”. “Cuando se trata de tomar medidas como funcionario del gobierno, la Corte Suprema ha sido muy clara de que esa acción no puede basarse en la hostilidad hacia las creencias religiosas”, dijo el abogado Jeremiah Galus, de la ADEF. Igual que la anterior, es una agencia de adopción que objeta integrar posibles niños adoptivos en hogares con parejas del mismo sexo.

Y la misma ADEF tiene una demanda contra la ciudad de East Lansing, en el mismo estado. A un agricultor se le negó la licencia de vender en el mercado de agricultores porque rehusó ceder su granja como lugar de bodas a una pareja gay……

6.- EL CASO DE MARIE JEAN PIERRE

Marie Jean Pierre, una inmigrante haitiana de 60 años se presentó a un puesto de trabajo de friegaplatos en el hotel Conrad, barrio de Brickell, Miami, EE. UU. En la entrevista de trabajo dejó claro que no deseaba trabajar los domingos, porque “el domingo yo honro a Dios”. Comenzó su trabajo en 2006, y la empresa intentó respetar sus creencias. Es miembro de la Iglesia Bautista “Betel” en el noroeste del condado Miami-Dade. La empresa respetó sus creencias durante una década. Pero en 2015 apareció un nuevo responsable de cocina, el cual le puso turnos para trabajar los domingos. La mujer llevó una carta del Pastor de su iglesia, donde argumentaba el conflicto que suponía para su conciencia trabajar en domingo, la cual fue ignorada. Intentó entonces cambiar turno con sus compañeros de trabajo, pero de repente en Marzo de 2016 recibió una carta de despido, argumentando “mala conducta, negligencia y ausencias injustificadas”.




La Sra. Pierre presentó una demanda ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo, diciendo que el Hotel había discriminado sus creencias religiosas. La Comisión le explicó que su caso era sólido y que tenía “derecho a demandar”, ya que la ley dice que los empleadores deben tener consideraciones razonables para las prácticas religiosas de sus empleados. Ella llevó a los tribunales del distrito de Florida a Park and Resort Inc. con sede en Tysons, Virginia, alegando que el Hotel había violado la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación en el empleo por motivo de raza, color, religión, sexo u origen.

Un jurado federal resolvió el 14 de Enero de 2019 que la empresa debería otorgarle 21,5 millones de $ a Pierre; 36.000$ para cubrir los salarios y beneficios que perdió por su despido, 500.000$ por daños punitivos o ejemplares que son los que se otorgan por castigar a un acusado por negligencia o mala conducta graves. De esta cantidad, la demandante solo recibirá 300.000$, que es lo máximo que se puede pagar según la ley por daños punitivos. Al parecer, los miembros del jurado desconocían la existencia de este tope. Si bien, lo verdaderamente sustancial es la sentencia. La cadena hotelera planeaba recurrir la sentencia.


https://www.infolibre.es/noticias/opinion/plaza_publica/2019/10/22/derecho_transparencia_libertad_religiosa_mundo_global_100113_2003.html



LA LUCHA CONTINUA

Durante 2019 ha habido varias regulaciones de la libertad religiosa en Estados Unidos muy positivas no exentas de polémica.

·         El HHS, Departamento de Salud y Servicios Humanos emitió una ley en Mayo que establece la aplicación de 25 leyes federales que protegen los derechos de conciencia de los trabajadores e instituciones de atención médica. Pero un juez federal anuló esta ley en Noviembre.

·         En Mayo, el mismo HHS propuso una ley para anular otra de la era Obama que exigía que los médicos realizaran acompañamientos médicos de transición de género y abortos.

·         En Agosto, el Departamento de Trabajo anunció una propuesta de ley que aclara que las iglesias y otras organizaciones religiosas que tienen convenios federales puede contratar y rescindir contratos en base a la fe de estas, sin temor a ser penalizadas por el gobierno federal.

Pero ocurre que a veces, para un mismo asunto, hay sentencias diferentes, y los jueces no siempre responden de la misma manera.

Por esto la lucha es dura y continuará en 2020.


En otro orden de cosas, el Consejo del Gobierno Vasco aprobó el 25/06/2019 enviar al Parlamento el Proyecto de Ley de lugares, centros de culto y diversidad religiosa. 

Ahí sigue…… hasta hoy. No es algo prioritario para nuestros políticos, porque no somos un caladero de votos para ellos.



En el ámbito municipal, Basauri sigue sin gestionar la diversidad religiosa. Tiene una mesa de convivencia para las diferencias étnicas, raciales, sociales, etc. pero no entra la diversidad religiosa. El Ayuntamiento de Basauri nos sigue invisibilizando , no tiene en absoluto ninguna intención de integrarnos en la vida municipal.

domingo, 29 de marzo de 2020

UN COLOQUIO INTERESANTE SOBRE EL CORONAVIRUS


Le invitamos a ver un muy interesante video con un coloquio sobre el tema de moda: el coronavirus.
Para acceder, vaya a :
https://www.facebook.com/SBCnEspanol/videos/1313621865491402/
Lo encontrará muy interesante.

jueves, 23 de enero de 2020

ATAQUE DEL GOBIERNO ESPAÑOL A LOS DERECHOS DE LOS PADRES

"

He recibido un e-mail de la Asociación Española de Abogados Cristianos, que por su interés reproduzco aquí. No necesariamente comparto todas las acciones de esta Asociación, pero en este caso concreto lo respaldo 100%.Gracias por la atención. 


¿Has escuchado la gran barbaridad que ha dicho la Ministra de Educación, Isabel Celaá?
 
 
 
 
 
 
Que los hijos no pertenecen a los padres...

(Supongo que la Sra. Ministra llevará a nuestros hijos al colegio, al fútbol, a clases de inglés...).

Pero sabes por qué dice eso, ¿verdad?

El gobierno quiere apropiarse de nuestros hijos para adoctrinarlos.

Ahora están en el gobierno, y han visto la oportunidad para montar chiringuitos de adoctrinamiento en los centros educativos:
 
 
  • Promoviendo su ideología sin consentimiento de los padres
  • Financiando asociaciones 'de su cuerda' que viven del dinero público
  • Con personas que NO están cualificadas para ello
 
 
Pero hay una solución:

El famoso Pin Parental.
 
 
 
¿Qué es el Pin Parental?

Un documento a través del cual los padres solicitan información y dan su consentimiento para la participación de sus hijos en actividades complementarias que afectan a la educación moral del alumno.
 
 
 
El gobierno de PSOE y PODEMOS lo rechazan...

Porque saben que si los padres exigen su consentimiento para estas charlas de adoctrinamiento, se les acaba el 'chiringuito'.
 Llevo unos días preocupada por estas palabras de la ministra Celaá.

Por eso desde Abogados Cristianos hemos lanzado una plataforma web (www.TuPinParental.es) que ofrece herramientas jurídicas a los padres que ven vulnerados sus derechos constitucionales.
 
 
¿Qué ofrece nuestra plataforma web #TuPinParental?
 
 
  • Los padres podrán denunciar y solicitar nuestro apoyo jurídico para las situaciones que vulneren su derecho a elegir la educación de sus hijos (art. 27.3 de la Constitución Española).
  • Podrán descargar un modelo de PIN Parental para presentar en los centros educativos.
 
 
El gobierno del Frente Popular piensa que, a través de la coacción, pueden controlar a los padres y limitar sus derechos constitucionales.

Pero desde Abogados Cristianos no dudaremos en emprender acciones legales contra Celaá y contra cualquier responsable educativo que intente vulnerar el derecho constitucional de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones.

No podemos permitirlo.

Y tú y yo sabemos,que la vía jurídica es la más eficaz para frenar los ataques de este Gobierno. Y precisamente la vía jurídica es en la que nosotros trabajamos.

Nosotros ya hemos dado el primer paso para dar cobertura jurídica a los padres que están en contra del adoctrinamiento.
 
Muchas gracias por tu apoyo.

Recibe un afectuoso saludo,

Polonia Castellanos
Presidenta de la Asociación Española de Abogados Cristianos